leggendo su Wikipedia la voce dedicata all'Ordine di Carlo III, mi è saltata all'occhio tale questione:
Dopo la sua istituzione per merito dei reali di Spagna, l'Ordine di Carlo III venne approvato dal papa Clemente XIV con bolla pontificia del 21 febbraio 1772 che gli concesse il beneficio dei privilegi di un ordine cavalleresco religioso, riconoscendo nel contempo al Gran Maestro la capacità di disquisire in materia religiosa su tutti i suoi membri, inclusa la facoltà di assolvere dai peccati e di conferire la benedizione apostolica, caso unico dovuto ai profondi legami sacrali che da secoli si erano instaurati fra Stato Pontificio e Regno di Spagna. Altre beneficenze provennero all'ordine sotto il pontificato di Pio VI.
Ho provato a cercare in giro qualche informazione circa la bolla di Papa Clemente XIV ed i privilegi concessi. Ho letto i regi decreti recenti (2000 e 2002), ma non fanno più riferimento, ovviamente, alle bolle papali.
Ho trovato un interessante articolo (http://www.heraldaria.com/ocarlosIII.php: non conosco il sito e non posso assicurarne la scientificità), in spagnolo, dedicato all'ordine, in cui vengono trattai meglio i privilegi concessi dal Papa, anche se senza indicazione della bolla:
El Papa Clemente XIV, mediante bula despachada el 21 de febrero de 1772, probó y confirmó perpetuamente la nueva Orden. Y, además, concedió notables privilegios y gracias espirituales a caballeros y ministros: que el gran canciller o confesor electo por los caballeros pueda absolverles de cualquier sentencia o censura eclesiástica, por graves que fuesen sus delitos -excepto los reservados a la anta Sede-; le daba también facultad para conmutar los votos hechos por los caballeros, excepto los de castidad y religión; y le daba facultad para darles la indulgencia plenaria y la bendición apostólica in articulo mortis. A los caballeros gran cruz y a los ministros les autorizó para tener oratorio privado en sus casas; que en él se dijeran hasta dos misas diarias; que en caso de enfermedad las misas fueran en pieza inmediata a su alcoba; y que en sus viajes pudiesen llevar consigo un altar portátil. Dioindulgencia plenaria a todo caballero que confesase y comulgase el día de su investidura o el día de la Inmaculada, y además otras indulgencias en fechas señaladas. Concedió también licencia para comer carne, huevos y lacticinios durante la Cuaresma, y que las esposas e hijas de grandes cruces y ministros seculares pudiesen entrar en monasterios y conventos de monjas donde tuviesen parientas de primer o segundo grado, sin pasar la noche en ellos, con licencia del Ordinario y consentimiento de la priora o abadesa. El mismo Pontífice, mediante breve, concedió a la Orden privilegio de ánima en su altar de la Inmaculada sito en la Iglesia de San Gil, de frailes menores descalzos: de manera que, mediante los méritos de Nuestro Señor Jesucristo, de la Bienaventurada Virgen María y de todos los Santos, se librara de las penas del Purgatorio el alma de cualquiera de los caballeros de la Orden y de sus ministros que, unidos con Dios por la Caridad, hubiesen pasado de esta vida a la otra, siempre que en sufragio suyo se dijera allí por un sacerdote la misa de difuntos.
Su sucesor el Papa Pío VI, por breve de 9 de diciembre de 1783, extendió a los caballeros supernumerarios las gracias espirituales concedidas por Clemente XIV a los demás.
Qualcuno è in grado di confermarmi tali privilegi e magari indicarmi la bolla ed eventualmente il testo?



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